Pasos para tr谩mites de expedientes

Pasos a seguir: Cuando el expediente tiene previos RESIDENCIA TEMPORAL

  1. El Usuario ingresa el expendiente.
  2. La persona de ventanilla revisa que el expediente cumpla con los requisitos
    que especifica el formulario.
  3. Si el expediente cumple, se traslada al encargado de archivo.
  4. El jefe de archivo asigna el expediente a un analista.
  5. El analista revisa el expediente.
  6. Si tiene previo el analista redacta el previo.
  7. Depu茅s lo regresa al archivo en espera que el usuario pregunte por el
    expediente.
  8. Luego se notifica al usuario de los previos.
    El encargado de archivo asigna nuevamente el expediente al analista.
  9. Si los previos se cumplen de forma correcta se emite resoluci贸n.
  10. Se notifica al interesado de la resoluci贸n.
  11. Se emite recibo para que el usuario pague en el banco.
  12. Se entrega al interesado la hoja que contiene la residencia temporal.

EN EL CASO QUE LA RESIDENCIA SEA PERMANENTE SE DEBE
DE SEGUIR LOS SIGUIENTES PASOS DESPU脡S DE LA NOTIFICACI脫N
DE LA RESOLUCI脫N DE LA RESIDENCIA


Procedimiento administrativo para la inscripci贸n y registro de residentes permanentes en la unidad de emisi贸n de visas para residentes permanentes de la Direcci贸n General de Migraci贸n.

  1. El d铆a y hora se帽alada para la entrevista (inscripci贸n), se consignan los datos correspondientes en el certificado de inscripci贸n (en las dos hojas rosadas), que el propio interesado proporciona y corrobora dejando al final la firma e impresi贸n digital;
  2. Se emite orden de pago, al intersado, por la cantidad que corresponda de acuerdo a la categor铆a de residencia permanente que se haya otorgado;
  3. Efectuado el pago por el titular de la residencia permanente, la copia verde del recibo y la orden de pago, se incorporan al expediente;
  4. Se revisa el expediente de residencia permanente y los datos consignados en el certificado de iscripci贸n;
  5. Se asigna n煤mero de partida, folio y libro que corresponde para el registro de la residencia permanente otorgada;
  6. El expediente se traslada a la Subdirecci贸n de Operaciones de Extranjer铆a para la autorizaci贸n del certificado de Inscripci贸n (2 hojas, original y copia al interesado);
  7. Se registra en el sistema de inscripci贸n efectuada de residencia permanente en el f贸lder 鈥溍峮dice de Inscripci贸n鈥 con la siguiente informaci贸n:
    • Nombre completo;
    • Fecha de nacimiento;
    • Nacionalidad;
    • Libro;
    • N煤mero de partida y folio;
    • Fecha de Inscripci贸n;
    • N煤mero de Resoluci贸n;
    • Actividad;
    • Categor铆a;
    • N煤mero de Expediente;
    • Edad;
    • Pago de residencia:
      • Fecha,
      • Cantidad,
      • N煤mero de recibo;
    • Cuota de Extranjer铆a:
      • S铆
      • No
  8. Se entrega el Certificado de Inscripci贸n al Interesado y la segunda hoja 鈥淥riginal鈥 se agrega en su orden correlativo al libro que corresponde para registro f铆sico;
  9. El expediente se traslada al archivo como tr谩mite concluido.

CAMBIOS QUE HAN SUFRIDO LAS SOLICITUDES DE VISA SIMPLE Y
VISA M脷LTIPLE.

  • Anteriormente se estaba dando visa m煤ltiple de entradas y salidas por expediente de residencia temporal ahora ya no.
  • Hoy se da visa simple por residencia en tr谩mite.
  • 脷nicamente se da visa m煤ltiple cuando a los interesados ya se les haya otorgado las residencias permanentes.

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Pasaportes Diplom谩ticos

Precio: El equivalente en Quetzales a Diez d贸lares americanos (US$10.00).


Requisitos:

  • Presentar su c茅dula de vecindad original en buen estado y fotocopia.
  • Boleto de ornato del a帽o en curso, se except煤an personas mayores de 65 a帽os.
  • Presentar solicitud de pasaportes diplom谩tico del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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Pasaportes ordinarios

Precio: El equivalente en Quetzales a Treinta d贸lares americanos (US$30.00).

Requisitos para Mayores de edad

1. 聽聽聽 Presentar su c茅dula de vecindad original en buen estado y fotocopia.
2. 聽聽聽 Boleto de ornato correspondiente al a帽o en curso, except煤ando mayores de 65 a帽os.

Requisitos para Menores de edad

1. 聽聽聽 La presencia de ambos padres.
2. 聽聽聽 Presentar certificaci贸n original de la partidad de nacimiento del menor (no mas de seis meses de emitida).
3. 聽聽聽 Presentar las c茅dulas de vecindad originales en buen estado y fotocopia de ambos padres.
4. 聽聽聽 Boletos de ornato correspondientes al a帽o de la solicitud de ambos padres, se except煤an personas

Guatemaltecos Naturales o Naturalizados

  • Guatemaltecos naturales: Son las personas nacidas en las rep煤blicas que cosntituyeron la Federaci贸n de Centroam茅rica (El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica), que obtienen la nacionalidad guatemalteca a trav茅s del procedimiento ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, quien extiende la resoluci贸n de nacionalizaci贸n.
  • Guatemaltecos naturalizados: Son los extranjeros no centroamericanos, que obtienen la nacionalidad guatemalteca a trav茅s del procedimiento ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, quien extiende la resoluci贸n de nacionalizaci贸n.

DEBEN: Presentar en original y fotocopia la certificaci贸n de la resoluci贸n emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores.


Casos especiales de menores de edad

  • Si un progenitor no puede presentarse, el que se presente debe acreditar la autorizaci贸n en documento privado con firma legalizada, escritura p煤blica o acta notarial.
  • Si un progenitor se encuentra en el extranjero, el que se presente debe acreditar la autorizaci贸n ante C贸nsul guatemalteco.
  • Si un progenitor se encuentra en el extranjero, el que se presente debe acreditar la autorizaci贸n ante notario y el documento debe pasar los pases de ley.
  • Si un progenitor posee el ejercicio de la patria potestad por tener la tutela del menor, 茅ste debe acreditarlo con la certificaci贸n del auto o sentencia en donde un Juez de Familia lo declaro.
  • Si uno de los progenitores ha fallecido, se debe adjuntar la Certificaci贸n de la partida de defunci贸n del progenitor.
  • Si uno de los progenitores se negare a pedir el pasaporte, se debe acreditar la autorizaci贸n judicial con la certificaci贸n del auto o sentencia en donde un Juez de Familia lo declaro.
  • En el caso de ser un tutor el responsable del menor, debe adjuntar certificaci贸n original del auto o sentencia en que se otorgo la tutela y la copia certificada del acta judicial de discernimiento de cargo.

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Pasaportes oficiales

Precio: El equivalente en Quetzales a Diez d贸lares americanos (US$10.00).


Requisitos:

  • Presentar su c茅dula de vecindad original en buen estado y fotocopia.
  • Boleto de ornato del a帽o corriente, a excepci贸n de personas mayores de 65 a帽os.
  • Presentar solicitud del Ministerio o la entidad de la cual es empleado o funcionario p煤blico.
  • Constancia de ser empleado o funcionario p煤blico bajo el Renglon Presupuestario 011.

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Multas

Los extranjeros que ingresen o permanezcan en el pa铆s sin la autorizaci贸n de la Direcci贸n General de Migraci贸n, o sin haber cumplido con los requisitos previstos en la ley y su reglamento, ser谩n sancionados con multa, deportaci贸n o expulsi贸n del territorio guatemalteco.

La Direcci贸n General de Migraci贸n cobrar谩 las siguientes multas:

  • Por ingresar por lugares no autorizados: doscientos quetzales
Q200.00
  • Por reingresos por lugares no autorizados luego de deportaci贸n o expulsi贸n: setecientos quetzales.
Q700.00
  • Por no realizar control migratorio: doscientos quetzales
Q200.00
  • Por reincidencia en evasi贸n del control migratorio: setecientos quetzales
Q700.00
  • Por cada d铆a de permanencia no autorizada: diez quetzales
Q10.00
  • Por transportar indocumentados: cien quetzales por persona.
Q100.00
  • Por hospedar indocumentados sin cumplir con lo que establece el reglamento: cincuenta quetzales por persona.
Q50.00

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